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Directrices para los grupos nacionales

1. Todo Grupo Nacional estará formado al menos por 10 personas, que cumplan con los requisitos de membresía individual de la Asociación, conforme a los estatutos de la AIDP.
2. Todos los miembros de un Grupo Nacional deben ser miembros individuales de la Asociación. La membresía individual puede adquirirse o renovarse en línea a través de la página web de la AIDP o a través del Grupo Nacional rellenando el formulario de solicitud de membresía correspondiente y abonando las cuotas anuales individuales (consulte aquí los diferentes tipos de contribuciones que permiten adquirir una membresía individual, incluida una tarifa adaptada para ciertos países).
3. Todo Grupo Nacional deberá pagar una cuota anual de 110 €.
4. Cada Grupo Nacional recibirá una copia gratuita de cada número de la Revista Internacional de Derecho Penal.
5. Los Grupos Nacionales y los miembros individuales en países que tienen restricciones en las transferencias de divisas y que no pueden obtener un permiso de transferencia apropiado deberán depositar las cuotas en cuentas especiales en su país, cuyos fondos se utilizarán bajo la dirección del
Presidente, Secretario General o Tesorero de la Asociación.
6. Todos los pagos de membresía individual, suscripción a la Revista y cuotas de los Grupos Nacionales deben realizarse a través de la página web de la AIDP. Si esto no es posible, el grupo deberá comunicarse con la Secretaría de la AIDP para encontrar una forma alternativa.
7. Cada Grupo Nacional contará con sus propios estatutos, los cuales deberán respetar los principios del estado de derecho y los estándares oportunos de las Naciones Unidas, así como lo dispuesto en los estatutos y reglamento interno de la AIDP. Se invita a los Grupos Nacionales a prestar especial atención a los artículos 2, 3, 7 y 32 de los Estatutos y los artículos 7 y 32 del Reglamento Interno.
8. Los estatutos del Grupo Nacional deberán regular la elección de los órganos de gobierno del Grupo Nacional, incluidos el Presidente, el Secretario General y el Tesorero. El mandato de los órganos directivos no deberá exceder de cinco años y será renovable. Los estatutos de los grupos preverán una representación de los jóvenes penalistas en el Consejo de Dirección del propio Grupo Nacional.
9. La constitución de un Grupo Nacional -solo uno por cada país- habrá de ser aprobada por el Consejo de Dirección de la AIDP. Para ello, la propuesta de nuevo grupo deberá enviarse al Secretario General con los estatutos (en uno de los idiomas de la asociación), la lista de miembros y la composición de los órganos de gobierno, así como pagar la cuota de membresía. El Secretario General verificará el cumplimiento de las normas y emitirá una recomendación al Consejo de Dirección.
10. Los responsables de los Grupos Nacionales comunicarán cada año a la secretaría la lista de miembros registrados de su grupo, así como la composición de los órganos de gobierno (presidente, secretario general, tesorero, etc.). En todo caso, tras cada renovación la composición resultante de los órganos de gobierno deberá comunicarse a la AIDP.
11. El Presidente de un Grupo Nacional será el portavoz del grupo y la persona de enlace con la secretaría, órganos directivos y el Consejo de Dirección de la Asociación. Podrá verse asistido en esa tarea por el Secretario General o cualquier otro miembro del órgano de gobierno del Grupo Nacional.
12. Los Grupos Nacionales nombrarán delegados oficiales en el Consejo de Dirección de la Asociación, los cuales podrán participar en sus reuniones sin derecho a voto. Preverán la participación de relatores y expertos en las distintas actividades científicas de la Asociación. Se comprometen a responder los cuestionarios emitidos como parte de los coloquios internacionales y designar un delegado en los coloquios, siempre que lo permitan sus capacidades financieras.
13. El Tesorero será responsable de enviar anualmente las cuotas del Grupo Nacional. Mediante un arreglo especial con el Tesorero de la Asociación, él o ella también podrán cobrar las cuotas de los miembros individuales de la Sección Nacional y remitirlas al Tesorero de la Asociación.
14. A nivel central, el Secretario General es el responsable de actuar de enlace con los Grupos Nacionales de la Asociación y de asegurarse de que cumplan con sus obligaciones. El Secretario General actuará en ese sentido con la asistencia de los Secretarios Generales adjuntos responsables de las regiones que representan.
15. Los miembros individuales de la Asociación recibirán cada año (directamente) dos Boletines informando a los miembros de los diversos eventos y actividades relevantes para la vida de la Asociación.
16. Los Estatutos y el Reglamento Interno de la AIDP contienen normas sobre el procedimiento aplicable a los grupos que dejan de cumplir con la normativa de Grupos Nacionales por períodos prolongados. Este procedimiento puede llevar a perder el estatus de Grupo Nacional AIDP (ver: Título II del Reglamento interno de la AIDP en aplicación del art. 7 de los Estatutos).
17. Con carácter general, es importante que los Grupos Nacionales se esfuercen en ser representativos de los penalistas del país. El grupo deberá tener como objetivo incluir e involucrar en sus trabajos a académicos, juristas, políticos y expertos y, en general, representantes de las diversas ciencias interesadas en la actividad y objetivos de la Asociación. También deberá involucrar a representantes de diferentes partes del país. Todo Grupo Nacional de la AIDP deberá tratar de integrar a los jóvenes penalistas del país. 
18. Los Grupos Nacionales son libres de organizar sus propios eventos. Sin embargo, para que el evento se lleve a cabo bajo los auspicios de la Asociación Internacional de Derecho Penal (por ejemplo, utilizando el logotipo de la AIDP), el evento deberá contar con el respaldo del Comité Científico. Para obtener este aval, al menos con tres semanas de anticipación el Grupo Nacional deberá enviar la información sobre el evento al Vicepresidente encargado de la coordinación científica y al Secretario del Comité Científico. 
19. Para las publicaciones resultantes de eventos de un Grupo Nacional, se anima a los grupos a utilizar la colección RIDP libri. La serie otorga mucha libertad al grupo, incluso en lo que respecta a la elección del idioma de la publicación, los grupos se benefician de las plantillas AIDP uniformes y las hojas de estilo de código abierto. Para obtener más información, se ruega contactar con el Director General de Publicaciones.